Firma Digital en Argentina: WhatsApp y la Ley 25.506
- WapIA
- 28 mar
- 5 Min. de lectura
En Argentina, la Ley 25.506 (también conocida como la ley de firma digital argentina) regula la validez jurídica de documentos electrónicos y define la firma digital como “un procedimiento matemático” que vincula de manera segura a un firmante con un documento digital posterior, cumpliendo los requisitos legales. Este sistema es parte de una infraestructura de firma digital en la que el titular del certificado digital posee el exclusivo conocimiento del firmante, asegurando su identidad y la integridad del contenido. Cada vez más personas se preguntan si es posible aplicamos a un documento la firma de manera electrónica a través de WhatsApp y, de ser así, si esto realmente tiene validez legal. A continuación, exploramos en qué circunstancias la firma electrónica gestionada por mensajería puede considerarse válida y cómo funciona según la normativa de Argentina.

¿Qué dice la Ley 25.506 sobre la firma digital argentina?
La Ley 25.506, piedra angular para la firma electronica y firma digital argentina, concibe la firma digital como el resultado de aplicar sobre un documento un procedimiento criptográfico basado en certificados oficiales. Así, se logra un conjunto de datos integrados, ligados o asociados que permita identificar al firmante sin ambigüedades. En otras palabras, la firma digital es “un procedimiento matemático” que, cuando se invoca acreditar su validez, demuestra que:
El contenido no ha sido modificado tras la firma.
La persona que firma (el titular del certificado digital) es realmente quien declara ser.
El firmante encontrándose consciente de su acto, otorga consentimiento al documento.
De esta manera, la ley otorga a la firma digital plena equivalencia a la firma manuscrita, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales y se use correctamente la infraestructura de firma digital.
Firma digital vs. firma electrónica
En la ley, se distinguen la firma digital (estrictamente definida) de la firma electrónica en general. Ambas son válidas, pero:
Firma Digital
Se basa en el exclusivo conocimiento del firmante que protege su clave privada.
Debe emitirse por un titular del certificado digital reconocido.
Tiene presunciones legales de autenticidad, ya que prueba que el documento digital es el resultado de aplicar un algoritmo seguro que garantiza la integridad.
Firma Electrónica
Cubre cualquier método que “integre, ligue o asocie” al firmante con un documento (un simple clic, PIN, etc.).
Es legal, pero no ostenta la misma presunción automática que la firma digital. Si se cuestiona, quien la invoca debe acreditar su validez.
¿Por qué “firmar por WhatsApp” es válido en la mayoría de casos?
La ley de firma digital argentina no invalida a priori un acuerdo firmado por chat o mensajería. Bajo la mayoría de las reglas contractuales, no se exige un formato “en papel” si las partes:
Poseen capacidad y manifiestan consentimiento sin vicios.
Aceptan el contenido digital, con datos integrados, ligados o asociados que muestren la voluntad real de cada parte.
Así, un documento digital un procedimiento de firma en WhatsApp o aplicaciones equivalentes podría servir como contrato si se prueba la identidad de los firmantes y se demuestra que el contenido no fue modificado (o que existe un registro fehaciente de la versión aceptada). La clave está en permita identificar al firmante y vincular su voluntad con el documento.
Requisitos para la firma vía WhatsApp
Para reforzar la validez, las soluciones tecnológicas que permiten firmar en WhatsApp suelen:
Verificar la identidad del usuario (ej.: selfie, DNI, vínculo de la línea telefónica) para que quede claro quién es el firmante encontrándose en control del dispositivo.
Presentar el contenido para su revisión completa antes de firmar, de modo que el consentimiento sea inequívoco.
Aplicar un método de sello o hash criptográfico (digital un procedimiento matemático que asegura inalterabilidad).
Generar un registro de documento digital posterior con metadatos (hora, IP, etc.) que invoca acreditar su validez ante cualquier controversia.
Ejemplos: ¿Cuándo es suficiente y cuándo no?
Casos donde se recomienda:
Contratos simples de prestación de servicios (si no se requiere escritura pública).
Consentimientos informados, autorizaciones simples, notificaciones y avisos.
Acuerdos en los que la ley no demanda formalidades especiales.
Casos donde no se recomienda:
Operaciones que requieren firma manuscrita o escritura pública (ej. compraventa de inmuebles).
Temas complejos o de alto monto, donde se aconseja usar infraestructura con certificado digital (ej.: titular del certificado digital oficial) para obtener mayor seguridad jurídica.
El valor probatorio: la importancia de la evidencia
Si surge un litigio, se necesita demostrar quién firmó y cuál fue el resultado de aplicar la firma al documento. Esto implica evidenciar:
Que el número de WhatsApp pertenece al verdadero firmante.
Que la persona revisó y aceptó el texto, sin coacción ni error.
Que no se alteró el documento post-firma (el documento digital posterior conserva su integridad).
Cuantos más pasos de verificación y sellado criptográfico se incluyan, más difícil será que alguien impugne la legitimidad de la firma. Por ejemplo, en una infraestructura de firma digital reconocida por el Estado, el titular del certificado digital goza de presunciones legales a su favor.
Cómo Wapi Firma lleva la firma por WhatsApp a un nivel profesional
La gran diferencia entre “mandar un contrato por chat y decir ‘acepto’” y hacerlo con Wapi Firma (u otras soluciones robustas) está en los mecanismos técnicos y formales que aseguran que el proceso cumpla con los principios de la ley. Estos son los elementos clave:
1. Identificación reforzada del firmante
Verificación de identidad con DNI: Wapi Firma puede solicitar una foto selfie y una foto del DNI o cédula del firmante para verificar que se trata de la persona correcta.
Número de WhatsApp vinculado a un titular: Al requerir documentación para adquirir la línea telefónica y corroborar que coincide con el usuario, se reduce el riesgo de suplantación de identidad.
Biometría de la firma: Durante la firma, la plataforma puede capturar datos de presión, velocidad y aceleración —similares a los que analizan los peritos calígrafos— pero en formato digital, lo que ofrece evidencia adicional de autenticidad.
2. Aceptación explícita de todo el contenido
Antes de firmar, el documento se muestra íntegramente para que el usuario pueda revisarlo página por página.
Solo tras confirmar que lo ha leído, el firmante da su consentimiento expreso para continuar y plasmar su firma.
El sistema registra la fecha y hora exacta, junto con otros datos que prueban que la persona no solo recibió el documento, sino que lo aceptó en ese momento.
3. Integridad y trazabilidad
Generación de un hash o huella digital: Cada documento firmado obtiene un identificador criptográfico único (hash). Si alguien intentase modificar alguna parte después de la firma, el hash no coincidiría, revelando la alteración.
Certificado digital: Wapi Firma cuenta con un Certificado Digital emitido por Camerfirma, reconocido globalmente y en la Adobe Trust List, lo que acredita la confiabilidad técnica del proceso de firma.
Registro de datos técnicos: Se guardan la dirección IP, la geolocalización aproximada, el navegador y el sistema operativo. Esto proporciona un rastro de auditoría muy robusto que respalda la validez de la firma ante un eventual litigio.
Conclusión
En la firma electronica y firma digital argentina, la Ley 25.506 permite que un documento digital sea firmado usando métodos electrónicos, incluido WhatsApp. Siempre que se cumplan los requisitos legales –en particular, el exclusivo conocimiento del firmante, la posibilidad de permita identificar al firmante y la integridad del archivo–, la firma será válida. Sin embargo, cuando se requiera un mayor grado de certeza o haya formalidades especiales (ej.: compra de un inmueble), conviene recurrir a la infraestructura de firma digital oficial, asegurando que el resultado de aplicar el sistema cumpla plenamente con la ley.
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